Desde Lefisur Asesores os informamos que ya se puede solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiesen incluido las prestaciones por maternidad o paternidad y que, como ya hemos venido informando previamente, han sido declaradas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por el Tribunal Supremo.
Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.
Se ha habilitado un formulario específico para facilitar la solicitud de los años 2014 y 2015, disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.
En enero de 2019 estará disponible el formulario que permitirá solicitar la rectificación de las declaraciones de los años 2016 y 2017.
No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.
El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico. Alternativamente a este sistema se podrá utilizar el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria.
No obstante, en el caso de que no dispongáis de la información necesaria o no sepáis cómo hacerlo, en Lefisur Asesores os podemos ayudar a realizar el trámite.
En caso de cualquier duda sobre estas cuestiones o si necesitáis alguna aclaración, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.