Desde Lefisur, ponemos en vuestro conocimiento que ha sido publicada la Resolución de fecha 14 de abril, de la Junta de Extremadura, por la cual se aprueba el programa de SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD, LA CALIDAD Y EL EMPLEO EN EL SECTOR TURÍSTICO, con los siguientes puntos de interés:
BENEFICIARIOS:
Casas rurales, hoteles rurales, hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos, que cumplan el REQUISITO de haber presentado en la Consejería de Turismo la declaración de inicio de la actividad con, al menos, 12 MESES con anterioridad a la solicitud.
Restaurantes, cafeterías, café bares y establecimientos de ocio que cumplan el REQUISITO de haber presentado en la Consejería de Turismo la declaración de inicio de la actividad con, al menos, 8 AÑOS con anterioridad a la solicitud.
INVERSIONES SUBVENCIONABLES:
Reformas dirigidas a la accesibilidad para personas con movilidad reducida, a la adaptación de energías renovables y las necesarias para incrementar la calidad del establecimiento; implantación de medias de desinfección y de seguridad sanitaria; actuaciones para la obtención de marcas de calidad turística; mejoras en redes inalámbricas, y otras.
(1) En caso de tratarse de obras será necesario aportar una memoria suscrita por técnico competente.
(2) Inversión mínima: Alojamientos rurales 3.000,00 € – Alojamientos hoteleros y extrahoteleros (5.000,00 €) – Establecimientos de restauración 5.000,00 €.
VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS:
No se trata de un procedimiento de subvención directa, sino de concurrencia competitiva, es decir, que obtendrán las ayudas los proyectos que obtengan mayor puntuación en función de, entre otros, los siguientes criterios:
Generación de puestos de trabajo (de 2 a 6 puntos)
Adecuación de las condiciones de habitabilidad (de 2 a 4 puntos).
Incremento de categoría (de 2 a 4 puntos).
En poblaciones de menos de 10.000 habitantes (1 punto)
En poblaciones de menos de 5.000 habitantes (3 puntos).
CUANTÍA:
La cuantía mínima se establece en un 50% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 70.000,00 €.
SOLICITUDES:
En caso de cumplir los requisitos, se podrán presentar las solicitudes HASTA EL DÍA 22 DE MAYO DE 2021.
EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse en el plazo de seis meses desde la notificación de la resolución de la concesión de ayuda. En ningún caso podrán iniciarse antes de presentar la solicitud de la ayuda.