Desde Lefisur Asesores ponemos en su conocimiento que ha sido publicado en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto 87/2016, de 28 de junio, por el que se establecen las bases de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida:
1) El Programa I regula las ayudas para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas (inscritas en el SEXPE), siempre que no se trate de familiares o personas que hayan estado contratadas en la empresa en los últimos seis meses. Las cuantías de las ayudas establecidas en este programa son las siguientes:
– GENERAL………….. 5.500,00 €
– JOVENES MENORES DE 30 AÑOS, PARADOS LARGA DURACIÓN, MINUSVÁLÍDOS, MAYORES DE 52 AÑOS….… 7.000,00 €
– MUJERES…………… 7.500,00 €
(*) Además, existe un incremento de 1.000,00 € en las cuantías señaladas anteriormente si el alta se produce en centros de trabajo de poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
2) El Programa II regula las ayudas por la transformación de contratos temporales en indefinidos, siempre que no se trate de familiares o personas que hayan estado contratadas en la empresa en los últimos seis meses. Las cuantías de las ayudas establecidas en este programa son las siguientes:
– HOMBRES………….. 3.500,00 €
– MUJERES..………….. 5.000,00 €
(*) Además, existe un incremento de 1.000,00 € en las cuantías señaladas anteriormente si el alta se produce en centros de trabajo de poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
3) La aceptación de la ayuda obliga a los solicitantes a mantener durante 24 MESES en alta el contrato objeto de subvención.
4) El contrato objeto de subvención deberá suponer un incremento del número de contratos indefinidos en la empresa.
5) En breve, una vez publicada la Orden de convocatoria, se abrirá el plazo para solicitar la ayuda.
En caso de cualquier duda sobre estas cuestiones o si necesitan alguna aclaración, no dude en ponerse en contacto con nosotros.