Desde Lefisur ponemos en vuestro conocimiento que en Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 16-03-2021 han sido publicadas las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a empresas aprobadas por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, cuyos elementos principales exponemos a continuación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: HASTA 9-ABRIL-2021.
BENEFICIARIOS Y CUANTIAS:
Para empresas que tuvieron que cerrar con motivo de la declaración del estado de alarma: MÁXIMO 500,00 € (según los gastos que se puedan justificar).
Para empresas que han reducido su facturación un 50% o más respecto al 2º semestre de 2019: MÁXIMO 300,00 € (según los gastos que se puedan justificar).
La actividad deberá desarrollarse en el término municipal de Jerez de los Caballeros.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Los realizados y pagados entre el 14-03-2020 y el 01-04-2021 y que estén comprendidos entre los siguientes:
Licencias y equipos informáticos para teletrabajo. Gastos de diseño web.
Material destinado a cumplir las medidas sanitarias (pantallas, mascarillas, pantallas,…).
Suministros de electricidad, telefonía y comunicaciones.
Cuotas de seguridad social.
Gastos de asesoría.
Rentas pagadas por arrendamientos de local [estos gastos solamente se tendrán en cuenta si el contrato tiene al menos un año de vigencia y los pagos sólo puedan justificarse mediante pagos a través de entidad bancaria].
Todos los gastos deberán estar justificados mediante factura y no se admiten pagos en metálico para importes superiores a 1.000,00 Euros.