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Nuevos supuestos de incapacidad temporal en la mujer trabajadora.

El pasado 1 de marzo de 2023 ha sido publicada en el BOE la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que contempla nuevos supuestos especiales de incapacidad temporal en la mujer trabajadora, consistentes en:
  • A partir del 01.06.2023 se reconoce el derecho de la mujer a una situación especial de Incapacidad Temporal por contingencias comunes y la obligación de cotizar en caso de:
  1. Menstruaciones incapacitantes secundarias a fin de conciliar el derecho a la salud con el empleo;
  2. Interrupción voluntaria o involuntaria de embarazo;
  3. Desde el día 1º de la semana 39 de gestación.
  • Para ser beneficiaria del subsidio de Incapacidad Temporal en el caso de menstruaciones incapacitantes e interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo no se exigen períodos mínimos de cotización.
  • En caso de situación especial de Incapacidad Temporal desde el día 1º de la semana 39 de gestación se exige que la interesada acredite los periodos mínimos de cotización, según la edad que tenga cumplida en el momento de inicio del descanso.
  • En cuanto al nacimiento y duración del derecho al subsidio:
  1. En la situación especial de Incapacidad Temporal por menstruación incapacitante el subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo;
  2. En la situación especial de Incapacidad Temporal por interrupción del embarazo el subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja. El empresario debe abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja;
  3. En la situación especial de Incapacidad Temporal desde el día 1º de la semana 39 de gestación el subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja. El empresario debe abonar el salario íntegro correspondiente al día de la baja. La duración de subsidio se extiende hasta la fecha del parto.

Para cualquier duda o aclaración sobre este asunto puedes contactar con nosotros a través de nuestros teléfonos, correo electrónico o redes sociales.

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