Desde Lefisur les informamos que ha sido publicada la Resolución de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura por la que se convocan ayudas para la TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS EMPRESAS DE COMERCIO, con las características que se señalan a continuación:
- BENEFICARIOS: Autónomos y empresas que tengan como actividad principal el comercio al por mayor o al por menor (Divisiones 45, 46 y 47 CNAE 2009).
- CUANTÍA: la ayuda consiste en un 80% de los “gastos subvencionables”, siendo el importe mínimo de la inversión de 1.500,00 Euros (sin incluir IVA).
Se abonará un 50% cuando se dicte la resolución favorable y el otro 50% una vez se justifiquen las inversiones.
- GASTOS SUBVENCIONABLES: Podrán presentarse los gastos ya realizados con posterioridad al 01-01-2022, o bien, los que se realizarán después de presentar la solicitud.
Se consideran “gastos subvencionables” los que se indican en el siguiente documento que puede descargar pinchando aquí.
- PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES: Hasta el 31-MARZO-2023
- PLAZO PARA REALIZAR LAS INVERSIONES: Siempre antes del 30-JUNIO-2023. Y deberán estar justificadas (pagadas) antes del 15-JULIO-2023.
- DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- Facturas proforma o presupuestos.
- Facturas en firme (si son posteriores al 01-01-2.022 y anteriores al 30-12-2.022).
- Memoria.
- Cronograma con el calendario de ejecución de las inversiones.