Si durante el año has tenido cuentas bancarias, inmuebles, inversiones financieras o criptomonedas fuera de España, es posible que tengas que presentar una declaración informativa ante la Agencia Tributaria.
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo se presenta la declaración correspondiente al ejercicio anterior. En este caso, durante el primer trimestre de 2026 debe presentarse la información relativa al ejercicio 2025.
Desde Lefisur Asesores te explicamos qué son el Modelo 720 y el Modelo 721, cuándo existe obligación de presentarlos y qué debes tener en cuenta.
¿Qué es el Modelo 720?
El Modelo 720 es una declaración informativa sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero.
En este modelo deben declararse principalmente tres tipos de activos:
- Cuentas bancarias abiertas en entidades financieras fuera de España
- Valores, seguros o rentas depositados o gestionados en el extranjero
- Bienes inmuebles o derechos sobre inmuebles situados fuera del territorio español
El objetivo de esta declaración es que la Agencia Tributaria tenga información sobre los activos que los contribuyentes residentes en España mantienen fuera del país.
¿Qué es el Modelo 721?
El Modelo 721 es una declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.
Este modelo se aplica en determinados casos, especialmente cuando las criptomonedas están custodiadas por plataformas o entidades extranjeras.
Por ejemplo, puede existir obligación si tus criptomonedas se encuentran en:
- Exchanges o plataformas de criptomonedas no residentes en España
- Servicios de custodia de activos digitales situados fuera del país
¿Cuándo existe obligación de presentar estos modelos?
Con carácter general, existe obligación de presentar estas declaraciones cuando el valor de los bienes o derechos supera determinados límites, siendo habitual el umbral de 50.000 euros por cada categoría.
Además, aunque el modelo se haya presentado en años anteriores, puede volver a existir obligación si se producen cambios como:
- Incrementos relevantes en el valor de los activos
- Cancelación o extinción de bienes o derechos declarados previamente
¿Todos los bienes en el extranjero deben declararse?
No necesariamente.
Uno de los errores más habituales es pensar que todo activo en el extranjero debe incluirse en estas declaraciones, cuando en realidad la obligación depende de varios factores:
- El tipo de bien o activo
- Su valor total
- La titularidad o forma de posesión
- En el caso de las criptomonedas, si existe custodia por un tercero extranjero
Por este motivo es recomendable analizar cada situación concreta antes de presentar el modelo.
¿Qué ocurre si no presento el Modelo 720 o el Modelo 721?
Estas declaraciones son informativas, pero su incumplimiento puede generar problemas fiscales si la Agencia Tributaria detecta bienes en el extranjero que no han sido declarados cuando existía obligación.
Por eso es importante revisar cada año si existe obligación de presentación, especialmente si se han producido cambios en tus inversiones o en tus activos fuera de España.
Recomendación: revisa tu situación antes del 31 de marzo
Si durante 2025 has tenido:
- Cuentas bancarias fuera de España
- Inmuebles en el extranjero
- Inversiones financieras internacionales
- Criptomonedas en plataformas extranjeras
es recomendable revisar tu caso para confirmar si existe obligación de presentar el Modelo 720 o el Modelo 721.
En Lefisur Asesores analizamos tu situación concreta y te ayudamos a determinar si debes presentar estas declaraciones informativas.
Si tienes dudas, contacta con nuestro equipo y revisaremos tu caso para evitar errores o incumplimientos.
