Empieza ahora y prueba nuestra app

Lefisur Newsletter

Subscríbete ya

Medidas urgentes para la protección de la salud pública.

Desde Lefisur Asesores os informamos que ha sido publicado el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, en el que se aprueban medidas excepcionales, entre las que destacan:

  • Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, comúnmente llamado «coronavirus», exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social.
  • La duración de la prestación vendrá determinada por el parte de baja por aislamiento y la correspondiente alta, todos ellos emitidos por el Servicio Público de Salud, en ningún caso la mutua de accidentes.
  • Para causar derecho a esta prestación la persona trabajadora por cuenta propia o ajena tiene que encontrarse de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a la fecha de producirse el aislamiento o el contagio, que será la que acuerden los facultativos del Servicio Público de Salud.

Esta medida entrará en vigor el 12 de marzo de 2020.

En caso de cualquier duda sobre estas cuestiones o si necesitáis alguna aclaración, no dudéis en poneros en contacto con nosotros

Últimos artículos