MEDIDAS EXTRAORDINARIAS aplicables a toda EXTREMADURA debido al aumento de casos.
Desde Lefisur ponemos en vuestro conocimiento que el día 08/01/2021 han sido publicadas por la Junta de Extremadura las nuevas medidas sanitarias de intervención ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, aplicables a TODA EXTREMADURA y que detallamos a continuación:
VIGENCIA DE LAS MEDIDAS:
Desde las 0:00 H. del día 11/01/2021 hasta las 24:00 horas del día 07 DE FEBRERO DE 2020 (salvo que se acuerde una prórroga por parte de la Consejería de Sanidad).
No se aplicarán a las localidades que tengan medidas especiales y mientras éstas no sean levantadas (actualmente el caso de Jerez de los Caballeros)
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES:
Se limita el aforo al 30%.
LOCALES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:
– SE PROHIBE EL CONSUMO EN BARRA.
– EN INTERIOR: Se reduce el aforo al 40%. Mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. Máximo 4 personas por mesa.
– EN TERRAZAS: Se reduce el aforo al 50%. Máximo de 4 personas por mesa o agrupación de mesas. Respetar la distancia de 1,5 metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
– Uso de mascarilla obligatorio, salvo en el momento de consumir.
– Se recomienda no poner música ambiente ni la televisión con voz.
INSTALACIONES DEPORTIVAS:
Se reduce el aforo al 30%.
AUTOESCUELAS Y ACADEMIAS:
La actividad presencial reduce el aforo al 35%