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AYUDAS PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN

AYUDAS PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN de los sectores afectados por la crisis sanitaria.

Desde Lefisur ponemos en vuestro conocimiento que ha sido publicado el Decreto-Ley 1/2021, de 13 de enero, de la Junta de Extremadura, por la cual se aprueba el programa de AYUDAS PARA LA RECUPERACIÓN Y REACTIVACIÓN de la hostelería, el comercio y otros sectores afectados por la crisis sanitaria, con los siguientes puntos de interés.

BENEFICIARIOS:

Todas las empresas con centro productivo en Extremadura, con independencia de su firma jurídica (autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes y sociedades mercantiles), que reúnan los siguientes 

REQUISITOS:

Tener como actividad principal a efectos de IVA alguna de las que se establecen en el artículo 2.2 del Decreto-Ley.

A modo de ejemplo, se consideran sectores afectados la hostelería, el comercio, los espectáculos, las actividades turísticas y las peluquerías.

No se consideran sectores afectados la agricultura, la ganadería, la industria, la construcción….

Haber sufrido durante el ejercicio 2020 una reducción del volumen de operaciones INFERIOR EN AL MENOS UN 20% respecto al ejercicio 2019.

CUANTÍA:

Será variable, dependiendo del volumen en la reducción de ingresos y de la actividad principal del solicitante.

La cuantía mínima se establece en 2.500 € y la máxima en 25.000 €.

SOLICITUDES:

En caso de cumplir los requisitos, se podrán presentar las solicitudes a partir del DÍA 01 DE FEBRERO DE 2021.

El procedimiento se tramitará de forma electrónica y será preciso disponer de certificado digital.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

Continuar ejerciendo la actividad y el nivel de empleo existente a la fecha de presentación de la ayuda HASTA EL 31/MAYO/2021.

También será necesario mantener como principal la actividad que se indicó en la solicitud como “principal”

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